dimarts, 14 de febrer del 2012

Reforma Laboral: Ens volen convertir en Mercaderia



Ens converteixen en MERCADERIA:
  • Amb un contracte per a empreses de menys de 50 treballadors amb un any de prova. Amb bonificacions afegides a l'empresa
  • Amb un nou contracte d'aprenentatge fins als 30 anys.
  • Amb hores extres en els contractes a temps parcial

Ens CULPABILITZAN als treballadors de la crisi

  • Si estàs a l'atur cobrant prestació, et poden cridar per a fer serveis a la comunitat.
  • Si pateixes malaltia et poden acomiadar per absentisme (!)

En el SECTOR PÚBLIC es permet l'acomiadament col·lectiu per causes econòmiques o tècniques.




Toxo: "Los sindicatos gobernaremos la intensidad, el ritmo y la fecha de las movilizaciones"



1.   El Gobierno, pese a sus declaraciones, ha despreciado el diálogo y la concertación social y lo ha hecho tanto por no convocar a las organizaciones sindicales y empresariales para negociar los contenidos de la futura reforma.

2.   El Gobierno abarata y facilita el despido:
  • Reduce la indemnización de 45 días por año con un límite de 42 mensualidades en el despido improcedente,  a 33 días con un límite de 24 mensualidades en todos los contratos indefinidos.
  •  Se modifican las causas de despido para evitar el control judicial.
  •  Elimina la autorización administrativa en los despidos colectivos, lo que va a afectar gravemente a las posibilidades de alcanzar acuerdo con indemnizaciones superiores a los veinte días por año.
  • Facilita el despido por absentismo (entre el que se encuentra el debido a enfermedad), al desvincular al trabajador del resto de la plantilla, porque forma individual se ataca los derechos de un enfermo de larga duración. 

3.   El Gobierno no reduce las modalidades de contratación indefinida; al contrario crea un nuevo contrato:
  • Contrato indefinido que podrán utilizar el 95% de las empresas españolas. Este contrato podrá extinguirse durante su primer año sin indemnización alguna por la simple voluntad del empresario.
Además se empeoran las condiciones de otras dos modalidades de contratación: Contrato para la formación y el aprendizaje y el contrato a tiempo parcial

4.   El Real Decreto afecta gravemente a la negociación colectiva  conduciendo a los trabajadores a la negociación individual de sus condiciones de trabajo:
  • Contempla la inaplicación de los convenios a través del arbitraje obligatorio,
  • pone fin a la ultraactividad de los convenios colectivos a los dos años de la terminación de su vigencia inicial; individualizando las condiciones laborales de los trabajadores.
  • El convenio de empresa, sea cual sea el número de sus trabajadores, se sitúa sin excepción como preferente respecto al convenio sectorial.

5.   El Gobierno a través de las medidas de flexibilidad interna pretende corregir la dualidad del mercado de trabajo colocando a todos los trabajadores en una situación más desprotegida frente al poder discrecional del empresario:
  • Amplía las posibilidades de movilidad geográfica,
  • Facilita al empresario la posibilidad de modificar unilateralmente jornada, horario y sistema de rendimiento, entre otras condiciones sustanciales de trabajo,
  • Permite, sin autorización administrativa suspender o reducir temporalmente la jornada de trabajo.

6.   Incide en la calidad de los servicios públicos y se facilita el despido de los trabajadores de las Administraciones Públicas:
  • Puestos de trabajo hasta ahora ocupados con contratos laborales podrán ser ocupados por desempleados perceptores de la prestación por desempleo.
  • Se contemplan para los empleados con contrato de trabajo de las Administraciones Públicas las mismas las causas de despido que las establecidas para las empresas privadas.

7.   Introduce diferencias en las posibilidades de empleo de los parados colocando en mejor situación a quienes perciben prestaciones respecto de aquéllos que ya han agotado las mismas. Se hace posible compatibilizar la percepción de desempleo con trabajo y se contemplan incentivos fiscales por la contratación de perceptores de desempleo.


8.   Crea las condiciones para condenar definitivamente a los jóvenes al desempleo y al infraempleo a través de “infrajobs” por la vía de la contratación a tiempo parcial y de un nuevo contrato de aprendizaje desvinculado realmente de la formación.





Aquesta reforma ni es fa per a crear ocupació ni per a evitar la seua destrucció. 

Aquesta reforma solament es fa per a acontentar a les institucions i cancelleries europees, aquells que només conceben la superació de la crisi imposant greus reduccions en els drets laborals i socials dels treballadors i treballadores.


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